NOTA: Los artículos 29, 30, 31 y 32 fueron derogados por el Decreto 691 de 2010.
El artículo 33 fue derogado por el Decreto 3567 de 2011
ARTÍCULO 29. DE LA NATURALEZA. Artículo derogado por el artículo 9 del Decreto 691 de 2010
ARTÍCULO 30. DE LOS MIEMBROS. Artículo derogado por el artículo 9 del Decreto 691 de 2010
ARTÍCULO 31. DE LAS ELECCIONES. Artículo derogado por el artículo 9 del Decreto 691 de 2010
ARTÍCULO 32. DEL PERIODO. Artículo derogado por el artículo 9 del Decreto 691 de 2010
ARTÍCULO 33. DE LAS FUNCIONES. Artículo derogado por el artículo 1 del Decreto 3567 de 2011
ARTÍCULO 34. DE LA SEDE. La sede del Consejo Técnico de la Contaduría Pública será la ciudad de Bogotá.